Hasta el 1 de enero de 2023, en lugar de julio de 2022, será obligatorio emitir todos los comprobantes digitales a través de facturas en formato 4.0, el cual contempla una serie de datos de verificación de los contribuyentes, como domicilio fiscal, con el objetivo de frenar la facturación falsa que se usa para evadir y eludir impuestos.
La prórroga había sido solicitada por asociaciones de contadores semanas atrás, dado que en el primer trimestre del año, ni uno por ciento de las facturas que se emitieron fueron con el formato 4.0, además de que el SAT arrastra un cuello de botella en su atención a contribuyentes.
En respuesta, todavía el 31 de mayo el organismo se plantó en el plazo original y negó cualquier prórroga, incluso reiteró que se tenían mecanismos para que las empresas con más de 400 empleados tuvieran un servicio preferente para obtener la Constancia de Situación Fiscal.
No obstante, los diferentes canales de atención —presenciales y digitales— dispuestos por el organismo fueron rebasados por las solicitudes de contribuyentes buscando su Constancia de Situación Fiscal, un documento que expide el SAT y que los empleadores deben entregarle de nueva cuenta al SAT.
Pero además, al informar que habrá una prórroga, el organismo dejó ver que funcionarios públicos intentaron aprovecharse del sentido de urgencia que se dio a la obtención de la Constancia de Situación Fiscal —en plataformas digitales se difundió la posibilidad de despido en caso de no tenerla— para extorsionar a contribuyentes.
“La entrega de constancias es gratuita y no debe ser condicionada por ninguna persona servidora pública del SAT por presuntos adeudos o verificación física de domicilio del contribuyente”, informó el organismo en un comunicado.
A la vez, explicó que la Constancia de Situación Fiscal “es como su acta de nacimiento, ya que contiene datos de identificación, ubicación y obligaciones fiscales”, tales como el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social de éste, el código postal de su domicilio fiscal y el régimen en que se tributa.
Y, pese a haber hecho obligatoria la entrega de ese documento para incorporar a los timbrados de nómina, ahora el organismo matiza que, “en caso de que el contribuyente conozca esta información, puede entregarla a su empleador o emisor de factura sin necesidad de presentar la Constancia de Situación Fiscal”.