Al resolver un amparo en revisión, la Segunda Sala de la Corte otorgó por unanimidad este amparo a padres de familia demandantes, que amplía los alcances de este tipo de permisos ya establecidos en las leyes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Actualmente la ley establece que este tipo de licencias son para padres o madres de niños diagnosticados con cáncer, pero no para algún otro tipo de padecimiento como la atrofia muscular espinal.
A propuesta de la ministra Lenia Batres, las y los ministros de la Segunda Sala resolvieron que la Constitución no justifica negar la licencia médica a padres de hijos con enfermedades similares o más graves al cáncer.