La norma entrará en vigor a partir de este sábado y solamente se reformó el contenido del artículo 15, párrafo primero y fracción I, de la Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
La nueva legislación, que hasta este viernes solo establecía “se abonará doble tiempo al personal militar que se encuentra en campaña”, ahora se agregó la frase “o en operaciones”, y de esa manera se incrementa el tiempo de servicio para todos los integrantes de la Fuerza Aérea y Ejército.
Asimismo se mantienen las mismas condiciones de doble tiempo de servicio para quienes presten sus servicios en áreas de hospitales o enfermerías militares consideradas como infectocontagiosas; y al personal técnico o especializado expuesto a emanaciones radiológicas o nucleares.
La emisión de este decreto establece que “las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto se realizarán con cargo al presupuesto aprobado para los ejecutores del gasto en el presente ejercicio fiscal, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos”.