“Están pidiendo a la presidenta eliminar la publicación en el Diario Oficial el decreto sobre la reforma al Poder Judicial, el antecedente es que se le había ordenado al presidente López Obrador hacer lo propio. Hay una serie de argumentos jurídicos, por los cuales es imprudente lo que están ordenando los jueces”, explicó Ernestina Godoy, consejera Jurídica de la Presidencia.
En la Mañanera del Pueblo, Ernestina Godoy precisó que no existe en nuestro sistema jurídico una disposición constitucional que otorgue al Poder Judicial de la Federación (PJF) la facultad para cuestionar, revisar o anular la labor del órgano revisor de la Constitución, es decir del Congreso de la Unión y congresos estatales.
Y es que un juzgador no se puede autofacultar, para someter a revisión una reforma constitucional, como fue el último caso de la jueza de Veracruz, Nancy Juárez Salas, quien ordenó a la presidenta Claudia Sheinbaum eliminar la publicación del DOF.
“Hay un claro conflicto de interés, por si no fuera suficiente, están desobedeciendo la Constitución”, sentenció Ernestina Godoy.
En tanto, Claudia Sheinbaum precisó que se va a presentar una denuncia ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) para que revise la actuación de los jueces y juezas de Distrito que están contraviniendo la Constitución, con sus propios criterios.
“No vamos a bajar la publicación y vamos a presentar una denuncia ante el CJF de la jueza. Ya sabemos que el Consejo no está haciendo su trabajo, pero no queremos quedé la impunidad. Que quede un antecedente que hay una jueza que por encima de su función está pidiendo que se baje una publicación que se hizo a partir de un proceso legislativo de cambio constitucional”.
Suspensiones sin sustento
Arturo Zaldívar, coordinador general de Política y Gobierno, precisó que todas las suspensiones que han emitido juezas y jueces son abiertamente contrarias a derecho y puntualizó:
Hay una disposición en la ley de amparo que establece que el amparo no procede en contra de reformas constitucionales y las y los jueces la han inaplicado de manera automática.
Tampoco procede la suspensión en contra de un proceso legislativo.
Una suspensión no puede tener un efecto restitutivo, que es invalidar o quitar una publicación en el Diario Oficial.
Se le está pretendiendo dar a la suspensión efectos generales, lo que también está prohibido.
“En estos casos los jueces y juezas están actuando al margen de sus atribuciones con un interés personal y directo en contra de la reforma, estando impedidos para resolver y están trastocando y desafiando el orden constitucional”, subrayó Arturo Zaldívar.