Con 408 votos a favor, 65 en contra y 0 abstenciones, se aprobó, en lo particular, el dictamen que reforma los artículos 4 y 27 de la Constitución.
La reforma establece que a las personas con discapacidad permanente, menores de 65 años, les corresponde una pensión no contributiva por discapacidad, y a todas las personas mayores de esa edad una pensión no contributiva de adultos mayores.
El monto de los recursos asignados no podrá ser disminuido respecto del que se haya asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior.
Además, el Estado garantizará la rehabilitación y habilitación de las personas con discapacidad, dando prioridad a las personas menores de 18 años de edad, y garantizará en los términos que fije la ley la entrega de un jornal seguro, justo y permanente a campesinos que cultiven sus tierras con árboles frutales, maderables y especies que requieren ser procesadas.
Un apoyo anual directo y fertilizantes gratuitos a productores de pequeña escala, así como un apoyo anual directo a pescadores de pequeña escala.
El Estado mantendrá precios de garantía para el maíz, frijol, leche, arroz y trigo harinero o panificable, en los términos de las disposiciones aplicables.