El documento, de 19 páginas, sostiene que la privación de libertad de Castillo careció de base legal y que durante el proceso no se respetaron garantías fundamentales del debido proceso y señaló que el Estado peruano presuntamente vulneró los artículos 3, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Aunque las conclusiones no tienen carácter vinculante.
“El Grupo de Trabajo pide al gobierno del Perú que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del señor Castillo sin dilación”, señala el trabajo. Y va más allá: considera que “el remedio adecuado sería poner al señor Castillo inmediatamente en libertad y concederle el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación”, se lee en el texto.
Los especialistas independientes argumentaron que un presidente en ejercicio no podía ser detenido antes de que el Congreso levantara el antejuicio político, trámite que se completó cinco días después. También cuestionaron que la orden de detención fue emitida por el Ministerio Público, al considerar que esa institución no constituye una autoridad judicial independiente.
El informe añade que Castillo no fue notificado oportunamente para ejercer su defensa antes de la vacancia por incapacidad moral permanente y que, durante la audiencia de prisión preventiva del 15 de diciembre de 2022, terminó representado por un defensor público designado sin su consentimiento y sin tiempo suficiente para revisar el expediente.
(La Jornada)