Sin embargo la máxima casa de estudios puede impugnar el fallo para que un tribunal colegiado determine si confirma, modifica o revoca el fallo de primera instancia.
Cabe recordar que la semana pasada, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa confirmó la suspensión provisional que la juez de distrito le otorgó a la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN).
La Jornada publicó que por unanimidad, el órgano jurisdiccional determinó modificar la medida cautelar para que el Comité Universitario de Ética pronuncie detalles del caso que sean de “interés público”, pero deberá hacerlo sin calificativos. Tampoco podrá divulgar el estado de las investigaciones para no violar la presunción de inocencia de Esquivel.
En sesión celebrada el 23 de febrero, los magistrados Salvador Alvarado López, Martha Llamile Ortiz Brena y Yuritze Arcos declararon de manera parcial la impugnación de las autoridades universitarias, pues ratificaron la suspensión provisional que ordena al Comité de Ética abstenerse de emitir alguna resolución definitiva sobre el caso.
El magistrado ponente Alvarado López argumentó que la suspensión que frena el procedimiento de la UNAM es adecuada porque, explicó, si se llegara a emitir el dictamen o se decidiera a fin de cuentas sobre lo que es tratado en el proceso, podría generar afectación de muy difícil o imposible reparación para Esquivel Mossa.