Todo esto ocurrió luego de que el juez Patricio Vidal, de la Unidad de Garantías Penitenciarias de Guayaquil, aceptó este lunes a trámite una acción de habeas corpus presentada por la abogada Karen Gómez, pues además existe un alto riesgo de que vuelva a atentar contra su vida, según consta en la demanda.
En ese mismo escrito se alude al estado físico y mental de Glas, desde su secuestro el 6 de abril, cuando se encotraba refugiado en laembajada de México, pues “se han venido deteriorando gradualmente”. Se trata de un recurso constitucional interpuesto el viernes 28 de junio en contra de Luis Zaldumbide, director del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad (SNAI), y Juan Carlos Larrea, procurador general del Estado.
El texto de la demanda también indica que el 8 de abril pasado, el ex segundo mandatario fue hallado inconsciente en su celda. Inmediatamente fue llegado a dos hospitales de administración militar. Sin embargo, y a pesar de que tenía una “precaria condición de salud física y mental” fue dado de alta y llevado de regreso a La Roca, “sin haber recibido atención especializada siquiátrica”.
En ese documento se subraya: “Hoy conocemos que el ex vicepresidente Jorge Glas, aquel 8 de abril de 2024, intentó quitarse la vida mediante una sobredosis de fármacos” y añade que, con la historia clínica proporcionada a Glas por el Ministerio de Defensa, el 22 de mayo, “se corrobora” que el 8 de abril el ex segundo mandatario fue ingresado al Hospital Naval “por intoxicación por benzodiacepinas, intoxicación aguda por sedantes y neumonía adquirida en la comunidad”.
Incluso, en el informe consta una valoración neurosiquiátrica del 14 de junio que acredita el intento de suicidio y concluye que “el estado mental actual del señor Jorge Glas es extremadamente grave” y que “será imposible” que Glas reciba un tratamiento psiquiátrico y psicoterapéutico adecuado dentro de una cárcel, menos aún como La Roca con un régimen de encierro por 23 horas diarias.
En una nota anterior ya habíamos indicado que, además, Glas padece de espondilitis anquilosante, que es una forma de artrosis crónica e incurable, enfermedad que requiere de atención médica especializada y de tratamiento de rehabilitación que la cárcel no puede solventar. El ex segundo mandatario debe ingerir esa medicina de forma regular, pero que en la cárcel el suministro no es regular ni diario.
Con todos esos elementos, Gómez Subía solicita que se declare que las condiciones que tiene Glas en la cárcel conculcan, entre otros, su derecho a no ser torturado, tratado en forma cruel, inhumana o degradante.